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Esta semana destaco el siguiente contenido de redes sociales. Como es habitual os recomiendo, mayoritariamente, cuestiones relacionadas con el Derecho Administrativo.

Veamos lo que nos ha traído esta semana:

  • Una entrada sobre la sanción procedente en materia de extranjeros en situación de estancia irregular en España;

  • Otra sobre la aplicación retroactiva de la jurisprudencia;

  • Otra entrada sobre la subsanación y el desistimiento en los procesos selectivos;

  • Un comentario de Diego Gómez a la STSJPV que ha anulado determinados preceptos del Decreto de la Diputación Foral de Bizkaia que imponía, urbi et orbi, la obligación de presentar y suscribir la declaración por el IRPF a través de la sede electrónica;

  • Una entrada en el Almacén de Derecho sobre el cómputo de plazos para la interposición de recurso contencioso-administrativo;

  • Un Auto de la Sección de admisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

Artículos de Blog

Ultimísima doctrina casacional en extranjería: Multa inexistente y expulsión por agravantes bajo proporcionalidad

Chaves nos da cuenta en su blog de la doctrina que acaba de sentar la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre la sanción procedente en materia de extranjeros en situación de estancia irregular en España. La resolución del Tribunal Supremo es relevante por cuanto se dicta tomando en consideración la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2022 (C-409-20).

Las conclusiones de la Sentencia son, en muy apretada síntesis:

1º Que la mera estancia irregular sin agravantes o hechos negativos, no comporta multa ni expulsión.

2º Que la estancia irregular con agravantes o hechos negativos comporta expulsión.

Si el tema es de vuestro interés no os perdáis este articulo de Francisco de Cominges Cáceres en La Ley. El articulo es anterior a la Sentencia del Tribunal Supremo que cita Chaves y las conclusiones que extrae de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2022 (C-409-20) no son las del Tribunal Supremo.

La controvertida retroactividad de la jurisprudencia

Seguimos con Chaves, ya que en esta entrada nos trae una Sentencia del Tribunal Supremo donde se aborda la oposición de la administración a que se aplique retroactivamente una doctrina jurisprudencial (la de la cuantía a efectos de apelacion en supuestos de sanciones disciplinarias) o casacional que no existía al tiempo de dictarse la sentencia.

Plazo límite para la subsanación en proceso selectivo. STS 22 de marzo de 2022.

Rafael Rossi nos trae una Sentencia del Tribunal Supremo recién salida del horno y que, de ahora en adelante, habrá de tomarse en consideración por los órganos de selección de las Administraciones.

La Sentencia aborda si es posible tomar en consideración una subsanación realizada por un aspirante de un proceso selectivo una vez transcurrido el plazo de diez días que señalaba al efecto las bases del proceso selectivo.

Ya os avanzo que si, que el Tribunal Supremo dice que es posible, en una lectura de la Base conforme al Art. 68.1 de la Ley 39/2015 y 23.2 CE, tener en consideración la subsanacion realizada.

No os revelo más, leed el artículo de Rafael.

La Administración electrónica ¿derecho u obligación?

Diego Gómez, a través de un comentario sobre la STSJ del País Vasco de 9/2/2022 (Recurso 392/2021. ECLI:ES:TSJPV:2022:14), intenta dar respuesta a si la relación electrónica de las personas físicas con la Administración es un derecho o una obligación.

Comentario de interés, especialmente para los residentes en Bizkaia, ya que la Sentencia del TSJ del País Vasco comentada ha decidido anular determinados preceptos del Decreto de la Diputación Foral de Bizkaia que imponía, urbi et orbi, la obligación de presentar y suscribir la declaración del IRPF a través de la sede electrónica.

El plazo para interponer recurso contencioso-administrativo

Se trata de una entrada en la que intento explicar cómo realizar correctamente el cómputo de los plazos en el orden contencioso-administrativo y, a la vez, dar respuesta a algunas dudas que siguen existiendo sobre una cuestión que está ampliamente tratada por la jurisprudencia.

Casación

Autos de admisión

Auto de admisión para matizar y/o reforzar la doctrina sobre si procede la imposición de las costas procesales o, de proceder, si procede que se impongan en su totalidad, cuando, por mor del incumplimiento de la Administración de su obligación de resolver, el administrado acude a la vía jurisdiccional recurriendo un acto administrativo presunto desestimatorio de su reclamación en vía administrativa.

Aunque no parece que el Tribunal Supremo vaya a variar la doctrina que estableció en su sentencia de 12 de marzo de 2020 (rec. 7708/2018), no estaría de más que diese una vuelta a la cuestión. Sobran motivos para afinar la doctrina, entre otros, los expuestos por Xabier Arzoz aquí.

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