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Aunque ha sido una semana un tanto sobrecargada de trabajo, os destaco dos artículos de blog; dos videos que tenéis disponibles en YouTube; un podcast sobre la presentación del Volumen I del Tratado de Derecho Administrativo y un hilo de twitter de Daniel Sarmiento. 


Artículos de Blog

Sevach

El post de Sevach en el que nos resume el auto de la Sala tercera de 28 de septiembre de 2021 (rec. 244/2021) por el que se dispone la suspensión cautelar de dos previsiones reglamentarias de causas de exclusión para el ingreso en la Policía Nacional. Es un Auto de interés porque la jurisdicción contenciosa-administrativa no es muy dada a la suspensión, aunque sea parcial, de disposiciones generales. Una apuesta arriesgada para los recurrentes que, normalmente, suelen esperar a la aplicación de ese reglamento durante el desarrollo del proceso selectivo para impugnarlo indirectamente. 

Diego Gómez

El post de Diego Gómez en el que, con su habitual profundidad, nos da cuenta de la STS de 27.07.2021 que fija como doctrina casacional: 

<la atribución legal de la competencia administrativa para el mantenimiento de los cauces del dominio público a favor de la Comisaría de Aguas del correspondiente organismo de cuenca conlleva, con carácter general, el deber de conservación y limpieza de los cauces públicos, correspondiendo a dicho organismo justificar motivadamente cuándo tal deber sea competencia de otras Administraciones o usuarios. Y este deber general de mantenimiento y limpieza ordinarias de los cauces públicos que como deber de policía corresponde a los organismos de cuenca constituye una potestad reglada que ha de ejercerse en los términos establecidos en la normativa sobre planificación hidrológica y territorial, así como de medio ambiente.>


Youtube: 

El Seminario de la Facultat de Dret de València sobre El control de la desigualdad algorítmica

Alba Soriano nos resume su trabajo sobre las decisiones automatizadas y nos señala los problemas y (posibles) soluciones jurídicas más allá de la protección de datos. Me quedo, por mi sesgo profesional, con la parte referida a la prueba de la discriminación algorítmica directa y con la mera anotación de los problemas más destacables: 

<La discriminación algorítmica directa puede tener lugar cuando la pertenencia al grupo desaventajado determina el resultado final del sistema y perjudica de manera automática a todas las personas pertenecientes al grupo desaventajado.  Los casos de discriminación algorítmica directa en los que la pertenencia al grupo explícitamente incluida determine de manera automática un resultado negativo, serán relativamente fáciles de probar incluso sin acceder al contenido del algoritmo. Destaca, en este sentido, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que, en aquellos casos en los que el criterio formal en virtud del cual se toma una decisión sea inseparable de la pertenencia al grupo desaventajado, la acción puede ser considerada como constitutiva de discriminación directa.

Sin embargo, en aquellos casos en los que se produce un caso de discriminación algorítmica directa que no afecta de manera evidente a todas las personas pertenecientes al grupo protegido, será mucho más complejo probar dicha situación. Así, en la mayoría de los supuestos, salvo que se pueda acceder al contenido del algoritmo, no será fácil probar la existencia de una situación de discriminación directa. Cabe destacar que la importancia de calificar correctamente los supuestos de discriminación directa se deriva de la más fácil justificación de la discriminación indirecta. Si bien no hay casos específicos relativos a la necesidad de revelar algoritmos en el contexto de decisiones discriminatorias, las sentencias dictadas en los casos Danfoss y Galina Meister del TJUE ofrecen algunas pistas sobre las posibles respuestas que podría dar el este tribunal ante solicitudes de acceso al código fuente de sistemas algorítmicos que son sospechosos de producir discriminación.

Algunos problemas destacables. 

·       Problemas a la hora de aportar un elemento de comparación;

·       La opacidad; 

·       La necesidad de regulación y control de los algoritmos mediante un sistema basado en el riesgo;

·       La discriminación por pertenencia a un estrato económico bajo.>

Si os interesa el asunto podéis complementar el video de la intervención de Alba Soriano con estos dos artículos:  

Entrevista a Julio Castelao

Para los nostálgicos de la famosa generación de la RAP tenéis disponible en este enlace una entrevista al profesor Julio Castelao. En la misma, de una hora de duración, analiza el inicio del Derecho Administrativo actual en la década de los años cincuenta y sesenta. 


Podcast

También merece la pena el podcast de la presentación del Volumen I del Tratado de Derecho Administrativo. Y es que, dos de sus autores -Gabriel Doménech y Silvia Díez-, explican su contenido y el objetivo del Tratado, y responden, además, a las preguntas de distintos profesores (destaco las preguntas de Josefina Cortés).

Si os interesa el Tratado, os recuerdo mi entrada – esquema sobre el capitulo 1 del mismo.


Twitter

Daniel Sarmiento, en este hilo de twitter, nos da su opinión sobre la polémica surgida respecto a la suspensión de la orden de detención dictada contra Carles Puigdemont. En el mismo nos explica porque considera correcta la tesis de la Abogacía del Estado y no la defendida por el Juez Instructor. Si queréis una postura divergente, podéis leer esta entrada en el Almacén de Derecho.

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