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En las siguientes lineas los sesenta y dos Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj entre el 21 de enero y el 3 febrero de 2024.

Autos

Sección Segunda

Ocho Autos de Admisión asignados a la Sección Segunda.

  1. ATS 150/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1º) Reafirmar o, en su caso, matizar la jurisprudencia conforme a la cual la cuantía para acceder al recurso de apelación coincide con el valor económico de la pretensión, de modo que, cuando se impugnan liquidaciones del IBI, debe atenderse al valor de la cuota establecida en ellas, en cada periodo tributario.

    2º) Determinar si a los inmuebles que figuren en el inventario general de bienes y derechos del Estado con naturaleza demanial, adscritos al Ministerio de Defensa y afectos formalmente a la defensa nacional, pero explotados en régimen de concesión, en los que, junto con el desarrollo de actividades de carácter deportivo y social, se lleven a cabo las pruebas físicas de aptitud de la condición física del personal militar, así como otras actuaciones de formación y divulgación de la cultura e historia militar, les es de aplicación la exención del IBI, por razón precisamente de esta adscripción a fines de la Defensa.>

  2. ATS 149/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, en los casos en los que el Tribunal de apelación sea también competente para pronunciarse sobre la validez o nulidad erga omnes de la norma reglamentaria que da cobertura al acto indirectamente impugnado ( art. 27.2 LJCA ), cómo debe interpretarse el artículo 85.3 de la LJCA y, en particular, si es posible la aportación de elementos probatorios que, en principio, quedarían excluidos por la aplicación estricta del citado precepto, pero que pueden resultar relevantes a los efectos del enjuiciamiento de la legalidad de la disposición general controvertida; y que, en todo caso, habrían podido ser aportados y tenidos en consideración en el caso de realizarse tal enjuiciamiento en el seno de una cuestión de ilegalidad ( art. 125.1 LJCA ).>

  3. ATS 151/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo, tras acogerse el incidente de nulidad planteado por la recurrente frente a la anterior providencia de inadmisión, en:

    <Reiterar, matizar o, precisar la jurisprudencia existente en lo concerniente a determinar si, tras la modificación introducida en el artículo 115 de la Ley General Tributaria por la Ley 34/2015, la Inspección puede recalificar como simulado un negocio jurídico celebrado en un ejercicio prescrito durante la vigencia de la LGT/1963, pero cuyos efectos se proyectan en ejercicios no prescritos.>

  4. ATS 180/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Aclarar -interpretando el artículo 29 del Código Aduanero Comunitario , actual artículo 70.2 del Código Aduanero de la Unión - si en el régimen de ventas sucesivas, para que pueda fijarse la base principal para determinar el valor en aduana de las mercancías, como valor de transacción -entendido como precio realmente pagado o por pagar por ellas cuando se vendan para su exportación al territorio aduanero de la Unión-, la expresión "exportación al territorio aduanero de la Unión" debe interpretarse en el sentido físico geográfico, siendo necesario que el destino de la exportación sea el territorio, incluido el mar territorial, las aguas interiores y el espacio aéreo de la Unión Europea; o, de modo distinto, en un sentido finalista económico comercial, siendo necesario que el destino de la exportación sea el mercado de la Unión Europea.>

  5. ATS 181/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las sentencias de 17 de octubre de 2023 (recs. 5545/2022, 5769/2022 y 6210/2022) -asunto: gastos ocasionado por la asistencia sanitaria prestada por hospitales del sistema público a los pacientes afectados por la enfermedad denominada Covid-19, que son beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) o de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU)-

  6. ATS 179/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el artículo 33.5.d) de la Ley del IRPF , en la redacción previa a la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, permitía computar como pérdidas patrimoniales todas las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo hasta el importe de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período, dada la falta de expresión explícita de lo contrario y el posible carácter aclaratorio de la norma posterior.>

  7. ATS 182/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <2.1. Determinar si el diseño del régimen tributario, establecido por el artículo 4 de la Ley catalana 2/2016 para el impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, es racional para alcanzar los fines medioambientales perseguidos, teniendo en cuenta que el tributo no se aplica a otros medios de transporte. En función de ello, si se adecua o no a lo establecido en los arts. 107 y 108 del TFUE , en materia de ayudas de Estado.

    2.2 El impuesto solo se aplica "en aeródromos pertenecientes a municipios declarados zonas de protección especial del ambiente atmosférico por la normativa vigente" por lo que solo resulta de aplicación efectiva en el aeropuerto de Barcelona y no en el resto de los de Cataluña. En virtud de ello, aclarar si su regulación cumple con el siguiente apartado de la Comunicación de la Comisión "Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020", conforme al cual: "167. Los impuestos medioambientales se imponen con el fin de aumentar el coste de los comportamientos perjudiciales para el medioambiente, para disuadir de la comisión de tales conductas y aumentar el nivel de protección medioambiental. En principio, estos impuestos deben reflejar los costes sociales de las emisiones y, por ello, el importe del impuesto pagado por unidad de emisión debe ser igual para todas las empresas contaminantes”>

  8. ATS 183/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, a la luz de lo previsto en el artículo 25.5 del Texto refundido de la ley del Impuesto sobre Sociedades, si el sujeto pasivo puede aplicarse una base imponible negativa, fijada y reconocida a otro obligado tributario, vinculado con el primero por la participación del primero en ésta -una agrupación de interés económico-, aparecida sobrevenidamente en la regularización efectuada a la AIE.>

Sección Tercera

Treinta y siete Autos de Admisión asignados a la Sección Tercera.

  1. ATS 473/2024; aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar los arts. 25.1 LJCA y 32.4 RD 1048/2013, a fin de esclarecer si los actos por los que la CNMC determina el resultado de las inspecciones practicadas a las empresas distribuidoras de electricidad (i) son actos que ponen fin al procedimiento de inspección sustanciado por la CNMC como procedimiento distinto e independiente del procedimiento de determinación de la retribución; o (ii) son actos de trámite insertos en el procedimiento de determinación de la retribución, de forma que solo serían impugnables si fueran actos de trámite cualificados.>

  2. ATS 602/2024 y ATS 152/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <a) Si en los supuestos en los que se haya dictado sentencia con pronunciamiento condenatorio sobre la financiación de las guarderías municipales, la posterior entrada en vigor de la Disposición Adicional 30ª de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación de Cataluña (añadida por el artículo 172.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente), supone que la ejecución de la sentencia debe efectuarse atendiendo a los módulos fijados en la citada disposición adicional; y

    b) en caso afirmativo, si la regulación legal puede establecer plazos de cumplimiento distintos -como los recogidos en la Disposición Adicional 30ª de la precitada ley- a los previstos en la normativa que regula la ejecución de las sentencias de condena dineraria, en particular al 106.1 y 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.>

  3. ATS 454/2024, ATS 170/2024, ATS 171/2024, ATS 178/2024, ATS 462/2024, ATS 168/2024, ATS 471/2024, ATS 455/2024, ATS 459/2024, ATS 463/2024, ATS 467/2024, ATS 458/2024, ATS 457/2024, ATS 466/2024, ATS 453/2024, ATS 465/2024, ATS 177/2024, ATS 173/2024, ATS 456/2024, ATS 452/2024, ATS 449/2024, ATS 450/2024, ATS 451/2024, ATS 202/2024, ATS 175/2024, ATS 176/2024, ATS 169/2024, ATS 469/2024, ATS 464/2024, ATS 172/2024 y ATS 174/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencias estimatorias de 16, 17 y 20 de noviembre de 2023, recursos de casación 458/2021, 6173/2020 y 7439/2020 -asunto revisión de oficio por parte de la TGSS de las omisiones e inexactitudes-

  4. ATS 476/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar cuáles son las condiciones para la aplicación de la exención contemplada en el artículo 2.4 del Reglamento (UE) 330/2010 de la Comisión de 20 de abril de 2010, sobre la aplicación del artículo 101, apartado 3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas.>

  5. ATS 167/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la exigencia establecida en las bases del concurso de que la adjudicataria de la licencia audiovisual del MAUT (Multiplex Autonómico) de TDT cuente con medios de implantación dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia puede suponer un impedimento al principio de la libertad de establecimiento.>

  6. ATS 161/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en la misma que fundamentó el fallo estimatorio de la STS n.º 1227/2023, de 5 de octubre (RCA 2395/2022).

Sección Cuarta

Tres Autos de Admisión asignados a la Sección Cuarta.

  1. ATS 155/2024 y ATS 201/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si en el ámbito del procedimiento de selección de los empleados públicos temporales, tramitado a través de los servicios de empleo de las Administraciones Públicas y en el que basta el cumplimiento de los requisitos específicos de la oferta de empleo público fijados por el órgano convocante y la disponibilidad, resulta compatible con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad establecer como criterio de desempate el relativo a la prioridad de la inscripción de los candidatos en la oferta de empleo público.>

  2. ATS 474/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <La determinación de si las Juntas de Personal constituyen Administración Pública y, como tal, sus actos están sometidos al control de la jurisdicción contencioso-administrativa o si, por el contrario, son un órgano de representación de los trabajadores no asimilable a una Administración Pública, de suerte que el control de sus decisiones es ajeno a dicho orden de jurisdicción.>

Sección Quinta

Catorce Autos de Admisión asignados a la Sección Quinta.

  1. ATS 165/2024; ATS 166/2024; ATS 162/2024; ATS 159/2024 y ATS 148/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la directriz sobre zonificación de los parques nacionales, incorporada a las directrices básicas para la planificación del Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, resulta de aplicación a los planes de ordenación de recursos naturales que aprueben las comunidades autónomas para sus espacios naturales protegidos -como en este caso es el Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel-, y, precisar en este sentido, cuál ha de ser el ámbito de la potestad discrecional de la Administración para seleccionar la metodología a utilizar en orden a delimitar la zonificación de tales planes de ordenación de recursos naturales.>

  2. ATS 164/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si es necesario que el demandado que en primera instancia obtuvo una sentencia favorable a sus pretensiones - al desestimarse íntegramente el recurso contencioso-administrativo- se adhiera al recurso de apelación interpuesto por el demandante en el supuesto de existir motivos de oposición a la demanda no atendidos en la sentencia recurrida, para que esos motivos puedan y deban ser examinados en la sentencia que resuelva el recurso de apelación.>

  3. ATS 158/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si al expediente de liquidación definitiva de la reparcelación forzosa debe aplicarse la regulación de la caducidad contenida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concretamente en sus artículos 21.3 y 25.1.b), o si, por el contrario, debe aplicarse lo dispuesto en los artículos 128 y 129 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; precisando, en su caso, las consecuencias jurídicas del transcurso del correspondiente plazo.>

  4. ATS 163/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <a) Determinar si la previsión contemplada en el artículo 89.4 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico -en la redacción dada por el Real Decreto 1290/2012-, relativa a la posible exigencia por parte de la Administración hidráulica, al extinguirse la concesión, de la demolición de lo construido en dominio público, resulta de aplicación a aquellos títulos concesionales otorgados con anterioridad a su entrada en vigor.

    b) Y, en todo caso y con independencia del régimen jurídico que resultara de aplicación, si la obligación de demolición de lo construido en dominio público puede ser impuesta por la Administración hidráulica, como condición, en la resolución que acuerda la extinción de un título concesional, a fin de evitar perjuicios a terceros y/o al interés público, teniendo en cuenta que dicho título concesional no contempla esa obligación de demolición, sino la de reversión de las obras e instalaciones a la Administración.>

  5. ATS 156/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, a través de los correspondientes instrumentos de planeamiento, pueden establecerse reservas de techo para vivienda de protección pública en suelo urbano consolidado, en actuaciones que pudieran ser calificadas como edificatorias, en atención a lo dispuesto en el artículo 7.2 del TRLSRH, y si, en su caso, esa restricción de la edificabilidad o del uso ha de ser indemnizada, en tanto no sea susceptible de distribución equitativa.>

  6. ATS 472/2024; ATS 460/2024; ATS 470/2024; ATS 603/2024 y ATS 468/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <a) Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial establecida con ocasión de determinar la sanción a imponer como consecuencia de la comisión de la infracción de estancia irregular de extranjero en territorio español, tipificada en el artículo 53.1 a) de la LOEX, en atención a la interpretación establecida en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2022 -asunto C-409/20- y a la doctrina del Tribunal Constitucional.

    b) Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial referida a las circunstancias agravantes que, añadidas a la situación irregular del extranjero, puedan justificar la proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero que se encuentre en situación irregular y, singularmente:

    (ATS 742):

    <si la ausencia de documentación identificativa y la constancia de una detención por la presunta comisión de un delito de abuso sexual, que no aparecen en la resolución administrativa, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, que permitan cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

    (ATS 460)

    <(i) Determinar si la falta de arraigo y el desconocimiento de cómo y cuando entró la recurrente en España, y si lo hizo acompañando a ciudadano español con quien dice haber mantenido una relación afectiva en el momento de dicha entrada, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, para entender cumplido el exigible presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular; y

    (ii) Analizar, en su caso, la relación entre la resolución administrativa sancionadora y el expediente administrativo a fin de precisar el alcance y consecuencias que puedan derivarse de la remisión que se hace en la resolución administrativa al expediente administrativo en relación con el resultado de la consulta y verificación de antecedentes penales y policiales del extranjero, cuando ese resultado no se hizo constar detallada y expresamente en la propia resolución.>

    (ATS 470)

    <si la ausencia de documentación identificativa y de domicilio conocido, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, que permitan cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

    (ATS 603)

    <si carecer de documentación que acredite la filiación e identidad, no justificar el tiempo de estancia en nuestro país y constar una detención por un delito de detención ilegal, unido a otras circunstancias que no figuran en la resolución administrativa, como son no acreditar un domicilio fijo y estable y no constar el tiempo y forma de la entrada en el territorio nacional, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, que permitan cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

    (ATS 468)

    <si la ausencia de documentación acreditativa de la filiación, identidad y domicilio conocido, y la no justificación del tiempo de estancia en España, unido a la existencia -no recogida en la resolución administrativa- de un antecedente policial por paso clandestino, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, para entender cumplido el exigible presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

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