NEWSLETTER

En las siguientes lineas los sesenta y un Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj entre el 16 febrero y el 2 de marzo de 2024.

Autos

Sección Segunda

Quince Autos de Admisión asignados a la Sección Segunda.

  1. ATS 1582/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si resulta compatible la exigencia por parte de un Ayuntamiento de una tasa por el ejercicio de la actividad en un mercado de abastos que gestiona la corporación no de forma directa, sino de manera indirecta, a través de un contrato de concesión administrativa cuyo titular es un concesionario privado, con la exigencia mensual como contraprestación a todos sus usuarios de una tarifa según el contrato de concesión administrativa vigente.>

  2. ATS 1569/2024; ATS 1570/2024 ; ATS 1572/2024 aprecian interés casacional en una cuestión resuelta por las sentencias de 10 de julio de 2023 (recurso de casación nº 5181/2022) y 12 de julio de 2023 (recurso de casación nº 4701/2022; ECLI:ES:TS:2023:3100) -asunto: plusvalía y sentencia del Tribunal Constitucional-

  3. ATS 1586/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta en las Sentencias de la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 5 de abril de 2023 (recurso nº 7260/2021) 11 de abril de 2023 (recursos nº 7123/2021 y 8220/2021) -asunto:” FIL o Hedge Fund"-

  4. ATS 1571/2024 y ATS 1940/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <2.1. Determinar si, a efectos del IRPF, la ganancia patrimonial puesta de manifiesto como efecto de la retasación de bienes expropiados ( art. 58 LEF ) trae causa de una alteración patrimonial diferente, autónoma y posterior a la producida originariamente por la expropiación del bien o derecho o si, por el contrario, debe considerarse que se trata de valorar de nuevo tal ganancia.

    2.2. Aclarar cómo debe imputarse temporalmente la ganancia patrimonial obtenida como consecuencia de la retasación ( art. 58 LEF) y, en particular, si en los casos en los que haya resultado litigioso el justiprecio fijado en la retasación, es aplicable la jurisprudencia sobre imputación temporal contenida en las sentencias de 26 de mayo y 12 de julio de 2017 ( rec. 1137/2016 y 1647/2016 ) en virtud de las cuales, cuando el justiprecio es objeto de recurso, el incremento reconocido en la resolución -administrativa o judicial- que lo resuelva debe imputarse al ejercicio en el que dicha resolución devenga firme.

    2.3. Discernir, a partir de la respuesta dada a la anterior cuestión, si a tales ganancias les resultan aplicables los coeficientes reductores o de abatimiento previstos en la disposición transitoria novena de la Ley del IRPF , a pesar de que la fijación del justiprecio de la retasación haya tenido lugar en momento posterior al 31 de diciembre de 1994, siempre que el bien expropiado cuya retasación se insta no estuviera afecto a actividades económicas y hubiera sido adquirido antes de la expresada fecha.>

  5. ATS 1579/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión ya resuelta por la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.ª, 875/2023, de 27 de junio (rec. 6442/2021), ECLI:ES:TS:2023:3071 -asunto: retribuciones de administradores y deducibilidad-

  6. ATS 1578/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Aclarar -interpretando el artículo 29 del Código Aduanero Comunitario , actual artículo 70.2 del Código Aduanero de la Unión - si en el régimen de ventas sucesivas para que pueda fijarse la base principal para determinar el valor en aduana de las mercancías en el valor de transacción, entendido como precio realmente pagado o por pagar por ellas cuando se vendan para su exportación al territorio aduanero de la Unión, los términos "exportación al territorio aduanero de la Unión" deben interpretarse en el sentido físico geográfico siendo necesario que el destino de la exportación sea el territorios, incluidos el mar territorial, las aguas interiores y el espacio aéreo de la Unión Europea o en el sentido finalista económico comercial siendo necesario que el destino de la exportación sea el mercado de la Unión Europea.>

  7. ATS 1573/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el principio de íntegra regularización resulta aplicable a los supuestos en los que se comprueban por la Administración tributaria las cuotas de IVA a compensar procedentes de periodos anteriores, cuando se pretende incrementar el saldo resultante mediante la inclusión de unas cuotas soportadas y que fueron regularizadas por la inspección tributaria en un acta de conformidad, dando lugar a una liquidación firme, sin que fuera impugnada por el contribuyente.>

  8. ATS 1577/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1.1. Determinar si las retribuciones que perciban los socios de una entidad mercantil que posean una participación societaria superior al 25%, por lo que cotizan como trabajadores autónomos y carecen de contrato de trabajo, - acreditadas y contabilizadas-, constituyen una liberalidad no deducible por el hecho de que no estuvieran previstas en los estatutos sociales, según su tenor literal; o si, por el contrario, el incumplimiento de este requisito no puede comportar, en todo caso, la consideración de liberalidad del gasto y la improcedencia de su deducibilidad.

    1.2. Precisar si, conforme al principio de correlación de ingresos y gastos, el párrafo segundo del art. 14.1.e) del TRLIS y la jurisprudencia que los interpreta, es admisible que un gasto que esté directamente correlacionado con la actividad empresarial y la obtención de ingresos sea calificado como donativo o liberalidad -pese a su carácter oneroso- no deducible; o si, por el contrario, dicha correlación excluye esa consideración excluyente de la deducción.>

  9. ATS 1581/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión resuelta por las sentencias de 25 de julio de 2023 (recurso 5234/2021); y la nº 1103/2023, de 26 de julio ( rec. 8620/2021) -asunto: sanciones y principio de proporcionalidad establecido en el Derecho de la Unión Europea-.

  10. ATS 1584/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la inscripción formal del cargo de administrador en el Registro Mercantil cuenta con un valor preferente y es suficiente por sí sola a los efectos de apreciar el elemento subjetivo de la responsabilidad tributaria subsidiaria del artículo 43.1.a) de la LGT >

  11. ATS 1574/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1. Determinar, en aquellos supuestos en los que una sentencia que decide un recurso de casación ordene, conforme el artículo 93.1 in fine LJCA , la retroacción de actuaciones al momento anterior al dictado de la sentencia de instancia que ha sido casada, para que el órgano judicial decisor emita otra sentencia en la que, valorando las pruebas indebidamente preteridas, se pronuncie sobre el cumplimiento de los requisitos materiales para el reconocimiento del derecho controvertido, si ese órgano judicial ejecutante puede anteponer el análisis de otros requisitos formales cuyo eventual incumplimiento no había sido objeto de anterior discusión y que determina, a juicio del órgano judicial de instancia, la improcedencia de cumplir lo ordenado por la sentencia de casación.

    2. En caso de responderse afirmativamente a la anterior cuestión, esclarecer si el artículo 119 de la Ley del IVA y el artículo 31 del Reglamento del IVA , en relación con los artículos 3 y 7.1 de la Octava Directiva del IVA , en las respectivas redacciones aplicables ratione temporis , permiten fundar la pérdida del derecho a la devolución del IVA de sujetos no establecidos en el TAI, cuando la solicitud se hubiera presentado en plazo, pero la documentación en la que se pretenda fundar el derecho se aporte posteriormente ante el órgano económico-administrativo o judicial; sin que conste acreditada la transgresión, por el sujeto solicitante, de las exigencias de la buena fe o la existencia de abuso del derecho.

    En particular, discernir si la eventual pérdida del derecho a la devolución por los motivos anteriores resulta compatible con los principios de efectividad y equivalencia del Derecho de la Unión Europea en relación con la jurisprudencia sobre la posibilidad de aportación de pruebas en vía de revisión administrativa o en vía judicial contenida, entre otras, en las SSTS de 20 de abril de 2017 (rec. 615/2016 ) y de 10 de septiembre de 2018 (rec. 1246/2017 ).>

  12. ATS 1957/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si al amparo de la figura de la simulación tributaria prevista en el artículo 16 de la Ley General Tributaria se puede restringir la aplicación de un incentivo fiscal en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, al modificarse la calificación de los negocios o contratos formalizados; o únicamente podrá determinarse la simulación cuando la previa calificación del negocio realizado afecte a la existencia misma del hecho imponible gravado, según el tenor literal del artículo 16 de la LGT.>

Sección Tercera

Trece Autos de Admisión asignados a la Sección Tercera.

  1. ATS 1723/2024; ATS 1591/2024; ATS 1588/2024; aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión resuelta por la STS n.º 1441/2023, de 15 de noviembre (recurso 1927/2022).

  2. ATS 1562/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en.

    <Interpretar el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones a fin de determinar si el recurso contencioso-administrativo interpuesto alegando inactividad por el que se insta la liquidación del 25% interrumpe el plazo de prescripción del derecho a reconocer o liquidar el reintegro en virtud del artículo 39.3 a) y c) de la Ley General de Subvenciones, por tratarse de actos fehacientes del beneficiario y de la Administración conducente a la liquidación de la subvención.>

  3. ATS 1568/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, para juzgar la viabilidad técnica, económica y financiera de los proyectos de inversión que pretendan acogerse al régimen de los incentivos regionales, debe examinarse única y exclusivamente la documentación aportada en la solicitud, sin posibilidad de subsanación.>

  4. ATS 1567/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reforzar o matizar la jurisprudencia sentada en la STS de 18 de julio de 2016, a fin de aclarar si la intervención de una Administración Pública en la negociación y gestión de las licitaciones públicas puede determinar una excepción de las previstas en los artículos 1.3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101.3 TFUE; y si aquella intervención puede ser un factor relevante para la apreciación de circunstancias agravantes o atenuantes que concurran en relación con cada una de las empresas responsables. >

  5. ATS 1942/2024; ATS 1960/2024; ATS 1959/2024; ATS 1958/2024; aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión resulta por, entre otras, las sentencias dictadas en los recursos de casación 458/2021, 6173/2020 y 7439/2020, En las mismas se determinó que la TGSS puede proceder a la revisión por sí misma de los actos de encuadramiento, como los de afiliación, altas y bajas.

  6. ATS 1951/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si respecto del cónyuge no deudor pueden considerarse deudas de la sociedad de gananciales las derivadas de sanciones por infracciones de las normas del orden social.>

  7. ATS 1950/2024 vuelve a apreciar Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la cantidad fija de 40 € por gastos de cobro del artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que transpone a nuestro ordenamiento el art. 6.1 de la Directiva 2011/7, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, debe interpretarse en el sentido de reconocer que los 40 € deben abonarse por cada una de las facturas abonadas con demora.>

  8. ATS 1961/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si tras haberse impugnado el informe de vida laboral y habiéndose declarado por sentencia el derecho de la parte demandante a figurar en situación de alta por los servicios prestados, cabe decidir en vía de ejecución de sentencia, la asignación de la mencionada alta como empleador, a un tercero ajeno al procedimiento principal, resultando una cuestión no planteada ni resuelta durante el proceso ni en la sentencia.>

Sección Cuarta

Once Autos de Admisión asignados a la Sección Cuarta.

  1. ATS 1561/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <i) Si en caso de pronunciamientos judiciales firmes favorables, del Tribunal Supremo o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respecto de pretensiones iguales, o similares, a otras, rechazadas con anterioridad, -y que fueron consentidas y firmes-, es posible plantear una nueva solicitud, sin acudir a los trámites del procedimiento de revisión de oficio de actos nulos, o es necesario instar el procedimiento de revisión de oficio.

    (ii) Y, en concreto sí, respecto del complemento de maternidad de la pensión de jubilación, es posible utilizar alguna de las citadas vías, o se aplica la excepción de acto consentido y firme, al no haberse recurrido la resolución administrativa anterior que no lo contemplaba o lo denegaba.>

  2. ATS 1580/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si los hechos imputados han sido correctamente subsumidos, por la Administración, en el tipo del artículo 22.2 del Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.>

  3. ATS 1726/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Considerar, a efectos de la procedencia o no del recurso especial en materia de contratación, si el valor estimado del contrato de concesión de servicio público se determina por el importe neto de la cifra de negocios, calculado sin deducir los futuros gastos que la ejecución del contrato pudiere generar al contratista, como la cifra de gastos de primer establecimiento o los gastos de explotación, o por el contrario, deben descontarse esos gastos, reduciendo el importe de la cifra de negocios a la cuantía del beneficio previsto en la explotación de los servicios objeto del contrato.>

  4. ATS 1593/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si un elector, que participa en el proceso electoral para la elección de los órganos de gobierno de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cataluña, está legitimado para impugnarla, si en el procedimiento electoral se pone de manifiesto que no se ha asegurado la identidad de todos los electores que han hecho uso de la modalidad de voto remoto y, de la validez o invalidez de los sufragios controvertidos, depende el resultado final.>

  5. ATS 1589/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el ejercicio del derecho a portar armas reconocido a los Policías Locales interinos en las mismas condiciones que a los funcionarios de carrera puede verse condicionado en su ejercicio a la previa superación de un curso de formación previsto al efecto.>

  6. ATS 1590/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si para la fijación del derecho a pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retomados integrados en una unidad económica familiar han de tenerse en cuenta exclusivamente las rentas o ingresos propios del solicitante o también las rentas o ingresos de todos los integrantes de la unidad económica familiar.>

  7. ATS 1941/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en que:

    <Se determine si se genera enriquecimiento injusto de la Administración por su negativa a pagar a la adjudicataria del contrato las cantidades derivadas de la revisión de precios, cuando el contrato se ha declarado inválido judicialmente, y se obliga a la empresa a prorrogar hasta que la nueva adjudicataria le sustituya.>

  8. ATS 1952/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si los denominados umbrales de saciedad de los criterios de adjudicación son o no conformes con el principio de adjudicación de la oferta económicamente más ventajosa, el principio de eficiencia en el uso de los recursos públicos y el principio de libre competencia entre las empresas.>

    Existe un Auto similar de 2020 que, a la fecha. no se ha resuelto por la Sección 3ª.

  9. ATS 1954/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, en el supuesto de haberse apreciado una oferta anormalmente baja cuando ya se había llevado a cabo la clasificación, es necesario proceder a una nueva clasificación de las ofertas (tesis de la sentencia recurrida) o no es necesario reiterar la clasificación sino simplemente efectuar propuesta de adjudicación a favor del siguiente licitador en el orden decreciente de la primitiva clasificación.>

  10. ATS 1953/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en que:

    <Se determine en el supuesto de sucesivas adjudicaciones de puestos de trabajo en procedimientos de provisión en distintas Administraciones mediante movilidad interadministrativa, el concepto de administración de origen del artículo 88 del Estatuto Básico del Empleado Público de 2015 a efectos de que se aclare si la competencia para declarar la situación Administrativa de servicios en otras Administraciones, corresponde a la administración donde el funcionario adquirió tal condición tras superar proceso selectivo, o a la Administración donde prestaba servicios cuando participó en el procedimiento de provisión.>

  11. ATS 1955/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión ya resuelta. Se trata de la cuestión referida a que los servicios de empleo pueden usar como criterio de desempate la prioridad en la presentación de solicitudes para una determinada oferta procedente de las Administraciones Públicas.

Sección Quinta

Doce Autos de Admisión asignados a la Sección Quinta.

  1. ATS 1594/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <a) Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial establecida con ocasión de determinar la sanción a imponer como consecuencia de la comisión de la infracción de estancia irregular de extranjero en territorio español, tipificada en el artículo 53.1 a) de la LOEX, en atención a la interpretación establecida en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2022 -asunto C-409/20- y a la doctrina del Tribunal Constitucional.

    b) Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial referida a las circunstancias agravantes que, añadidas a la situación irregular del extranjero, puedan justificar la proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero que se encuentre en situación irregular y, singularmente, si la ausencia de documentación acreditativa de la filiación e identidad y de domicilio conocido en España, puede servir de fundamento como circunstancia agravante a efectos de cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

  2. En similares términos se pronuncia el ATS 1943/2024, si bien con la singularidad de determinar:

    <Si la ausencia de documentación acreditativa de la filiación e identidad y la falta de correlación entre los antecedentes policiales y penales reflejados en la resolución administrativa y en la sentencia recurrida, pueden servir de fundamento, como circunstancias agravantes, que permitan cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.>

  3. ATS 1564/2024 aprecia interés casacional en una cuestión ya resuelta por, entre otras, las STS nº 1582/2022, de 29 de noviembre (RC nº 1314/2022) y, posteriormente, entre otras muchas, SSTS nº 1250/2023, de 13 de octubre (RC nº 2080/2022) y nº 251/2023, de 13 de octubre (RC nº 2828/2022) -asunto: medidas cautelares solicitante de asilo-

  4. ATS 1565/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <(a) Determinar, si en el supuesto de no adaptación de los estatutos de un partido político a las previsiones establecidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2015, en los términos establecidos en su Disposición Transitoria Primera, debe obligatoriamente instarse el procedimiento de declaración judicial de extinción ese partido político, establecido en el artículo 12 bis.1.a) de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, y

    (b) Determinar si la comprobación por parte del órgano competente de la adaptación o no de los estatutos de un partido político a las previsiones establecidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2015, es una función de verificación material o meramente formal.>

  5. ATS 1566/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial referida a las circunstancias agravantes que, añadidas a la situación irregular del extranjero, puedan justificar la proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero que se encuentre en situación irregular e indocumentado y, singularmente, si la desestimación de la solicitud de asilo y protección subsidiaria determina la orden de salida del territorio nacional cuyo incumplimiento puede revestir la cualificación suficiente para considerarse una circunstancia agravante que, añadida a la situación irregular del extranjero en España, justifique su expulsión del territorio nacional.>

  6. ATS 1585/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Determinar (i) si para el otorgamiento de los permisos de investigación de los recursos de la Sección c) del artículo 3.1 de la Ley de Minas -en este caso, mineral de litio- en una superficie que comprende parcialmente terreno clasificado por el planeamiento como suelo no urbanizable protegido, es exigible la previa evaluación ambiental estratégica o la declaración de impacto ambiental a pesar de que la superficie en cuestión no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura 2000 ni de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura; y (ii) en su caso, cuál es el alcance que merece la declaración contenida en el proyecto en solicitud del permiso de investigación donde se hace constar que no afecta a áreas protegidas ni se prevé el uso de explosivos, y en la hipótesis de que concurrieran estas situaciones, expresamente se determina la necesidad de someterse previamente a evaluación de impacto ambiental abreviado.>

  7. ATS 1587/2024; ATS 1583/2024 y ATS 1945/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, en casos como el ahora contemplado, concurren los requisitos relativos al derecho al reexamen de la declaración de culpabilidad en materia de derecho sancionador, de conformidad con los criterios establecidos por el TEDH [entre otras, sentencias de 8 de junio de 1976, asunto Engel y otros c. Países Bajos (5.100/71) y de 30 de junio de 2020, asunto Saquetti Iglesias c. España (50.514/13)] y con la doctrina fijada al respecto por el Tribunal Supremo [especialmente, sentencias de Pleno de la Sala Tercera, dos de 25 de noviembre de 2021 ( RC 8156/2020 y RC 8158/2020) y una de 20 de diciembre de 2021 ( RC 8159/2020)].>

  8. ATS 1592/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar cuál es el técnico competente -arquitecto y/o arquitecto técnico- para redactar el proyecto técnico para la realización de las obras de reparación en una edificación catalogada que dispone de protección en el planeamiento urbanístico, en este caso, de protección arquitectónica de grado I por su valor tipológico e histórico.>

  9. ATS 1947/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Aclarar, matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala, en concreto, en las SSTS de 31 de octubre de 2000 (recurso 4633/1993) y 10 de noviembre de 2006 (recurso 3777/2003), en relación con la posibilidad de separación de un comunero, en este caso molinero, de la Comunidad de Regantes a la que pertenecía y las condiciones en que la separación ha de producirse.>

  10. ATS 1944/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si un ayuntamiento está legitimado para ejercitar la acción pública frente a la aprobación de un instrumento de planeamiento urbanístico por parte de otro ayuntamiento limítrofe o colindante y, en su caso, el alcance de la situación de colindancia entre las entidades locales a tales efectos.>

Anterior
Anterior

Tweet Largo: La pertenencia a la bolsa de trabajo y la superación de procesos selectivos como mérito

Siguiente
Siguiente

NEWSLETTER